El 7 de marzo de 2017, Alexis Zuleta presentó una demanda de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema, declarando que el Contrato Ley entre la Autoridad Marítima de Panamá y PSA contiene dos cláusulas que son inconstitucionales. Dichas cláusulas se refieren al derecho a cobrar las tarifas comerciales que PSA considere adecuadas, y permitir que cualquier importador / exportador use la terminal cobrando el precio que PSA decida.

Estas dos cláusulas se repiten en forma substancial en cada contrato de la Autoridad Marítima de Panamá con cada una de las otras terminales competidoras, como los puertos de Panamá, Balboa y Colón, la Terminal Internacional de Manzanillo, la Terminal de Contenedores de Colón y otros.



Resolución:



Como de costumbre, la Corte Suprema corrió traslado de la demanda a la Procuraduría General. El Procurador General afirmó que ninguna de las dos cláusulas puede entenderse como un privilegio, ya que la empresa presta un servicio dentro de un marco comercial en un país donde existe la libre competencia. Además, dicho derecho a cobrar por un servicio no debe interpretarse como una recaudación de impuestos, sino como una transacción comercial. El Procurador General recomendó declarar que ambas cláusulas no son inconstitucionales.

La Corte Suprema se pronunció a favor de PSA, declarando que las cláusulas señaladas del Contrato Ley no son inconstitucionales.



Estado: Caso cerrado